A- de 2001
Ponente Jaime Córdoba Triviño
✓Demandante Guido Alfonso Vergara Martinez
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Alcance
- Admisión de demanda
- Procedencia de admisión
- Asunción por Corte Constitucional cuando no existe superior jerárquico común
- Admisión por ser relativa
- Trámite
- Suspensión del decreto que establece reglas de competencia para reparto de la acción de tutela
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se desató el conflicto de competencia entre la Corte Suprema de Justicia -Sala de Casación Penal- y el Consejo Superior de la Judicatura -Sala Jurisdiccional Disciplinaria- en la acción de tutela instaurada por el ciudadano de la referencia, en el sentido que la citada Corte es la autoridad competente para tramitar la impugnación de la tutela por ser esta Sala el superior jerárquico de la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá.
En consecuencia, se anuló el fallo de 23 de enero de 2001 proferido por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia en el proceso de la referencia y se ordenó remitirle expediente para lo de su competencia.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. Dirimir el conflicto de competencia entre la Corte Suprema de Justicia -Sala de Casacion Penal- y el Consejo Superior de la Judicatura -Sala Jurisdiccional Disciplinaria- en la accion de tutela instaurada por el senor Guido Alfonso Vergara Martinez.
- Segundo. Senalar que la Sala de Casacion Penal de la Corte Suprema de Justicia es la autoridad competente para tramitar la impugnacion de la accion de tutela de la referencia, por ser el superior jerarquico del juez seleccionado a prevencion por el accionante y en consideracion a que el decreto 404 de 2001 suspendio por un ano la vigencia del decreto 1382 de 2000.
- Tercero. Anular el fallo de 23 de enero de 2001 proferido por la Sala de Casacion Penal de la Corte Suprema de Justicia en el proceso de la referencia.
- Cuarto. Remitir por Secretaria el expediente a la Corte Suprema de Justicia -Sala de Casacion Penal- para lo de su competencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.